Coches Eléctricos
Normativa patinetes eléctricos en Sevilla, Madrid, Barcelona y Valencia
15/10/2019
No podrás ir por las aceras, hay una edad mínima de uso, no pueden dejarse en cualquier lado…, aunque hay normativas, pero no son homogéneas. Te contamos las claves de uso de los patinetes eléctricos.
Patinetes eléctricos: normativa en Barcelona
Según el Ayuntamiento de Barcelona los patinetes del tipo A, que no pesen más de 25 kilos, pueden circular a velocidades de hasta 20 kilómetros por hora. Los del tipo B, -hasta 1,9 metros y 50 kilos- pueden alcanzar una velocidad de hasta 30 kilómetros por hora.
La normativa para los vehículos del tipo A establece que podrán circular por carril bici segregado y no segregado, por las calles de plataforma única y por los parques públicos. Además, los que pertenezcan a esta categoría pero puedan circular a más de 20 kilómetros por hora podrán desplazarse por calzadas de calles 30. La preferencia siempre es para los peatones.
En el caso de los de tipo B, pueden circular por los mismos itinerarios que los de tipo A y también por calzadas de calles 30. Si estamos circulando por una zona peatonal no podremos superar los 10 ó 20 kilómetros por hora, según indique la señalización.
Al igual que ocurre en otras capitales como Madrid o Sevilla, no podemos dejar tirado nuestro patinete en cualquier lugar: aceras, árboles, atados a un banco…. Solo podrán aparcar en los espacios habilitados para ello y en aceras donde exista espacio suficiente para no molestar al resto de viandantes. En Barcelona las multas son de hasta 100 euros por una infracción leve, que ascenderá hasta los 200 euros en las de carácter grave y de hasta 500 euros en muy graves. El casco sólo es obligatorio si el patinete es de uso público, si es privado, sólo es recomendado. La edad permitida para conducir un VMP es de un mínimo de 16 años en todos los casos.
Patinetes eléctricos: normativa Madrid
En Madrid la normativa dice que la edad mínima es de 15 años, que pueden circular por carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30, calles en las que la velocidad máxima sea 30 kilómetros por hora. No se permite el uso de auriculares, y los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizarse con casco.
Patinetes eléctricos: normativa Valencia
En Valencia la edad mínima es de 16 años y está prohibido ir por aceras excepto los tipo A que pueden circular por calles peatonales a 10 km/h. Permitido por calzada por ciclocalles, vías de sentido único y por la calzada de calles de zonas 30 a velocidad máxima de 30 km/h. El uso del casco es obligatorio para los patinetes de tipo B.
Patinetes eléctricos: no hay normativa homogénea
La DGT tiene clasificado a los patinetes como Vehículos de Movilidad Personal, con algunos derechos y obligaciones, pero aún no hay una legislación de patinetes eléctricos a nivel estatal. Se está ultimando un Real Decreto para regular sus normas. Esto provoca que sean los ayuntamientos los que regulen el uso de estos vehículos, aprobando ordenanzas con diferentes criterios. “No puede ser que cada municipio tenga su propia normativa, porque con esta diversificación al usuario no le queda claro cómo actuar”, explica Jorge Castellanos, responsable de movilidad del RACE.
El actual Gobierno tiene preparado un Real Decreto sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con los siguientes puntos:
- Limita la velocidad máxima entre 6 y 25 km/h.
- No se consideran vehículos a motor y por tanto no están obligados a contratar un seguro (cuando son propiedad de un particular porque los ayuntamientos sí están exigiendo un seguro a las empresas de alquiler).
- Se les prohibirá circular por vías interurbanas, sólo podrán circular dentro de poblaciones.
- No necesita permiso de circulación, aunque se obligará a tener un certificado de circulación.
- No será obligatorio matricularlos.
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