Consultas legales
¿Cómo influye la compra-venta de un coche en mis impuestos?
16/06/2016
La compra-venta de un vehículo entre particulares implica una serie de consecuencias fiscales según se trate del vendedor o del comprador. Ambos deberán tener en cuenta esta transacción a la hora de tributar sus impuestos.
Wonder.Legal, una nueva plataforma online para la generación de documentos legales personalizados, nos explica cuáles son las implicaciones fiscales que conllevan la compra-venta de un coche desde el punto de vista del comprador como el vendedor.
Implicaciones fiscales para el vendedor
La persona que venda su coche deberá tributar en la declaración de la renta (IRPF) por la ganancia patrimonial que obtenga. Este caso es raro, pero se puede dar, por ejemplo, cuando se trata de vehículos exclusivos o son de colección. Normalmente no es el caso, ya que el valor de los vehículos se reduce con el paso del tiempo. Pero si se diera el caso de que ganase dinero con la venta, el vendedor debería computar el beneficio obtenido, en tanto que ganancia patrimonial, dentro de lo que se conoce como “rentas del ahorro”.
Si se vende a un precio inferior al que se adquirió, como es habitual, no se pagarían impuestos por el dinero obtenido en la venta. Tampoco podría el vendedor imputar como pérdida patrimonial la caída del valor del vehículo en su declaración. A efectos de la declaración de la renta (IRPF) no se entiende que la pérdida de valor de un vehículo por el paso del tiempo sea una pérdida patrimonial a tener en cuenta.
Implicaciones fiscales para el comprador
Para un comprador la situación desde el punto de vista fiscal es distinta, ya que deberá en todo caso liquidar o hacer frente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y ADJ). El total a pagar resulta de un baremo tomando en consideración el mayor entre el estipulado en la compraventa del vehículo o el fijado por el Ministerio de Industria a través de una serie de tablas oficiales publicadas cada año. Además, hay que tener en cuenta el porcentaje tributario que rige en cada CCAA para estas compraventas.
Siempre con contrato
En estas transacciones es muy importante que exista un contrato de compraventa entre comprador y vendedor, y así evitar problemas en el futuro, por ejemplo, previendo en el documento la obligación de abonar el Impuesto de Circulación y las tasas para el cambio de titularidad del vehículo.
Si te has acogido al PIVE
Para los casos en los que se realice una compra de vehículo nuevo beneficiándose de las ayudas otorgadas a través del Plan PIVE, esta ayuda deberá ser tenida en cuenta y reflejada, en todo caso, en la declaración de la renta (IRPF). Esto es así, ya que a efectos fiscales el Plan PIVE se considera como una ganancia patrimonial derivada de transmisiones patrimoniales que tributará al tipo marginal de aplicación a cada contribuyente. Recuerda que sólo hay que declarar la ayuda que aporta e gobierno, no el descuento del fabricante.
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