Consultas legales
¿Cuáles son las claves para recurrir una multa y hacerlo bien?
08/11/2022
Cuando recibimos la sorpresa de una multa nos asaltan varias preguntas. ¿Qué tenemos que hacer?
Os ofrecemos una pequeña guía de la mano de la empresa especializada Pyramid Consulting para tener claro qué podemos hacer cuando nos llega una multa.
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Existen varias formas de notificar que nos han puesto una multa que marcan los siguientes pasos a dar.
- Si la multa la notifican en el acto, y es por alguna causa derivada del comportamiento en la conducción (velocidad, móvil, cinturón, alcohol…), se abre un plazo de 20 días naturales para recurrir sin más dilación.
- Si encontramos la denuncia en el parabrisas en el que no aparecen nuestros datos deberemos esperar a recibir la sanción a nuestro nombre.
Las multas que recibimos en casa, y que deben llegar por correo certificado, son recurribles desde el día siguiente al que las recibimos, y según el momento procedimental de que se trate, el plazo puede ser de 20 días naturales, 10 días hábiles o un mes, esto con carácter general.
¿Qué debemos hacer?
Leer muy bien la notificación, pues en caso de ser los titulares del vehículo, si no nos han entregado la multa en mano, el organismo lo primero que quiere saber es quién conducía el vehículo, para lo que el trámite a cumplir sería hacer un escrito facilitando solamente los datos del conductor, incluso en el supuesto de serlo uno mismo.
Si en cambio la multa ya viene a nuestro nombre hay que fijarse en dos cosas: si viene alguna foto, y el plazo transcurrido desde la fecha de la multa hasta que la recibimos, pues según el tiempo que haya pasado (3 o 6 meses) se podrá alegar prescripción de la infracción.
Si no estamos de acuerdo con la sanción y queremos impugnar la multa, no debemos pagar con descuento, porque si lo hacemos perdemos el derecho a la reclamación. Si pagamos, mostramos nuestra conformidad con los hechos denunciados, el procedimiento se da por finalizado y, si conlleva puntos, estos se detraerán en breve.
Recurrir y no pagar con descuento
Si deseamos recurrir y no pagar con descuento, hay que realizar un escrito que, en líneas muy generales, se compone de:
- Un encabezamiento (a quién nos dirigimos y quién lo presenta)
- Los hechos o el relato de los mismos
- Los fundamentos jurídicos, es decir, los derechos que entendemos vulnerados
- La solicitud de las pruebas que estimemos oportunas
- El suplico o petición.
Una vez se presente el escrito por el cauce oportuno (por registro, por correos, o de forma telemática sin se trata de una empresa), quedaremos a la espera de que la administración conteste al escrito, respuesta que siempre irá dirigida a la persona que lo ha interpuesto, es decir, el sancionado.
Cumplir los plazos es algo fundamental
Es muy importante que se cumpla siempre el plazo para recurrir, pues cualquier trámite realizado fuera del plazo carecerá de efectos reales y será como no hacer nada.
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