Consultas legales
Cuándo se puede poner la matricula pequeña en el coche
14/07/2022
A muchos conductores les salta la duda de en qué momento pueden cambiar su matrícula por una más pequeña.
El artículo 25 del Reglamento General de Vehículos, expone que “para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne”. También es importante conocer el artículo 49 del mismo Reglamento, en el que se explican las medidas que deben tener estas identificaciones.
- Matrícula ordinaria larga: 520 milímetros de ancho por 110 milímetros de alto.
- Matrícula ordinaria alta: 340 milímetros de ancho por 220 milímetros de alto.
- Matrícula ordinaria larga delantera: 340 milímetros de ancho por 110 milímetros de alto.
Es importante, saber también que estas placas deben visibles, legibles y retrorreflectantes, ya que es lo que se dicta en la legislación.
¿Cuándo se puede poner la matrícula pequeña?
Hay que admitir que es hasta cierto punto habitual ver vehículos en la vía pública con matrícula pequeña, pero debes saber que por regla general, no se puede modificar de forma aleatoria el tamaño de la matrícula que haya fijado el fabricante. Exclusivamente se podrá hacer en los siguientes casos.
- Cuando no es viable instalar un modelo ordinario largo.
- Si la matrícula supone un obstáculo en la ventilación del motor.
- En caso de realizar reformas en el coche que lo justifiquen, como por ejemplo la sustitución de un paragolpes y falta espacio o la instalación de un cabestrante.
En el caso de los vehículos con categoría M1 no está permitido montar las matrículas pequeñas.
¿Qué tengo que hacer si monto matrícula pequeña?
Es sencillo, siempre hay que homologar. Para ello, habrá que seguir los siguientes pasos:
- Documento que acredite la reforma de la sustitución del paragolpes delantero, si es el caso.
- Solicitud a través de formulario oficial.
- Tarjeta de ITV (Inspección Técnica de Vehículos).
- Justificante del pago de la tasa de matriculación correspondiente.
- Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del ayuntamiento donde radique el domicilio.
- Además, para evitar problemas en la revisión técnica del vehículo es preciso presentar el informe de conformidad del fabricante y el certificado del taller.
Para terminar, vamos a decirte que circular sin matricula o sin que esta se pueda leer de forma clara, te expone a recibir una multa de 200 euros. Además si la has modificado, esta sanción puede ascender hasta los 6.000 euros.
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