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Seguridad Vial

Nueva Ley de Seguridad Vial: radares de tramo y multas al 50%

24/05/2010


Hoy entra en vigor la nueva ley de seguridad vial y con motivo de ello os queremos refrescar la memora sobre las principales novedades que a partir de ahora tendremos que cumplir

 ( AutoConsultorio )

Multas más caras


Con la excusa de unificar criterios con el resto de administraciones con competencias en tráfico, se han modificado los importes de los tres tipos de multas que existen, al alza. Así las multas leves llegarán hasta los 100 euros –diez euros más-, mientras que las graves serán de 200 y las muy graves serán castigadas con 500 euros.

Multas de velocidad, cómo quedan:


Sustituyendo al clásico ‘multómetro’ utilizado hasta la fecha, la DGT ha tipificado un nuevo cuadro donde se estipulan las velocidades y su correspondiente sanción económica y resta de puntos. El exceso de velocidad tiene una regulación específica y diferente de la general ya comentada. Los cambios son evidentes y la lectura general es que se eleva ostensiblemente el precio de las multas.






Vídeo preparado por la propia DGT:


Pronto pago, aunque sin poder recurrir:


A partir de hoy podemos acogernos al pronto pago de una multa con un 50 por ciento de descuento si la abonamos en los siguientes 20 días de la notificación. Ahora bien, eso nos impedirá realizar alegaciones y reclamar por vía administrativa.

Radares de tramo


Los radares de tramo sancionarán a los conductores que sobrepasen una determinada velocidad media en un tramo de la vía.


El propietario es ahora el responsable:


Es uno de los artículos más polémicos de la nueva ley de Seguridad Vial. Los titulares de los vehículos con los que se haya cometido una infracción serán responsables subsidiarios en caso de impago de la multa impuesta al conductor, -salvo en caso de robo o hurto-. No obstante, en caso de tener designado un conductor habitual en el momento de cometerse la infracción, éste será el responsable.

¿Se prohíben los detectores de radar?


La Ley no lo deja muy claro en lo que se refiere a estos últimos. En el artículo 4 queda reflejado que constituye una infracción conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, pero nada se menciona de los que sólo detectan la señal.

Grúa y zona de aparcamiento de pago


La grúa podrá retirar un vehículo de la zona de pago si éste no tiene puesto el tiquet correspondiente o triplique el tiempo para el que está autorizado.

¿Dónde irá a parar el dinero que se recaude?


La nueva ley establece que el dinero de las multas se destinará a políticas de seguridad vial. Una parte de ellas se destinarán a asociaciones de víctimas de accidentes.

Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y sus colaboradores han elaborado un completo documento en pdf en el que también podréis consultar de forma detallada los cambios que ha sufrido la nueva ley (Archivo PDF, 1,89 MB).

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